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Union de jubilados y extrabajadores de LyF afiliados al Sindicato Mexicano de Electricistas, y de los ciudadanos mexicanos simpatizantes de nuestra causa
¡POR EL DERECHO Y LA JUSTICIA DEL TRABAJADOR!

lunes, 9 de agosto de 2010

Adjudica la CFE a consorcio integrado por tres trasnacionales (La Jornada) / Construirán nueva planta eléctrica, pese a alta capacidad de generación

Israel Rodríguez
 
Periódico La Jornada
Lunes 9 de agosto de 2010, p. 22

Pese a que el Sistema Interconectado Nacional (SIN) mantiene elevados márgenes de capacidad en generación, la Comisión Federal de Electriciad (CFE) adjudicó la construcción de una nueva central de ciclo combinado en Chihuahua al consorcio formado por las empresas Korea Electric Power Corporation/Samsung C&T Corporation/Techint, bajo la figura de productor independiente.

Este consorcio desarrollará, construirá, poseerá, operará y dará mantenimiento a la central y las instalaciones asociadas por 25 años. El proyecto de ciclo combinado, denominado Norte II, representa una inversión por aproximadamente 417.9 millones de dólares.

De acuerdo con informes difundidos por la Secretaría de Energía (Sener) en la Prospectiva del sector eléctrico 2009-2024, en 2008 el margen de reserva (MR) del SIN se ubicó en 42.5 por ciento y el margen de reserva operativo (MRO) en 15.4 por ciento. Se estima que ambos se mantendrán altos de 2008 a 2013.

El margen de reserva es una medida de la capacidad de almacenamiento de un sistema eléctrico interconectado, que es la diferencia entre la capacidad efectiva de generación del sistema y la demanda máxima o demanda pico en un periodo determinado.

De acuerdo con ese concepto, para satisfacer la demanda de energía eléctrica la capacidad del sistema debe ser mayor a la demanda máxima anual. El margen de reserva se define, entonces, como la diferencia entre la capacidad bruta y el requerimiento máximo coincidente del sistema eléctrico expresado como porcentaje de la demanda máxima coincidente.

Igualmente, la prospectiva refiere que el valor mínimo adoptado para el MRO en la planificación del Sistema Interconectado Nacional es de 6 por ciento. Eso quiere decir que tenemos más plantas de las que necesitamos y que ese superávit de capacidad sólo se resolverá en la medida en que la demanda eléctrica crezca.

El documento explica que durante 1998-2008 el MR y el MRO han mostrado diferentes comportamientos. Hacia finales de la década de los 90, ambos indicadores decrecieron hasta ubicarse en 2000 por debajo de los valores mínimos adoptados (27 y 6 por ciento, respectivamente).

A partir de ese año, debido a un menor crecimiento económico y, por ende, de la demanda de energía eléctrica, así como por la entrada en operación de varios proyectos de generación durante la década actual, la capacidad de reserva del SIN nuevamente creció, llegando a índices superiores a lo que se tenía históricamente.

El menor crecimiento de la demanda de energía eléctrica se debe, entre otros factores, a que su comportamiento está vinculado con la dinámica del desarrollo de la economía.

Como ésta resulta menor a la estimada, generalmente se observa un menor crecimiento en la demanda de energía eléctrica. Este efecto es difícil de controlar y, al presentarse una reducción en el requerimiento máximo del SIN, esto directamente puede impactar en el margen de reserva.


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Miguel Leopoldo Alvarado
Fundador y Presidente

Jornada de movilizaciones contra recorte de las pensiones del IMSS, el miércoles / Jubilados, investigadores y académicos proponen, entre otros puntos, nacionalizar Afores (La Jornada)

Los recursos acumulados están sujetos a la voracidad de la banca extranjera: César Torroella

Existen la posibilidad de llegar a la tercera edad sin seguridad social ni un retiro digno: Ventura

Fernando Camacho Servín
 
Periódico La Jornada
Lunes 9 de agosto de 2010, p. 12

El próximo miércoles 11 de agosto, a las 11:00 horas, trabajadores de la salud, empleados públicos y grupos de jubilados iniciarán una jornada de movilizaciones contra el recorte a las pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), mediante una marcha que pasará por la Secretaría de Hacienda, el Senado de la República y la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En conferencia de prensa, César Torroella, de la Confederación de Jubilados, Pensionados y Adultos Mayores de la República Mexicana; José Antonio Vital, investigador especialista en temas de salud, y Óscar Ventura, líder del sindicato de trabajadores de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, explicaron sus demandas y el contexto social que les dio origen.

La reducción del monto máximo de las pensiones de 25 salarios mínimos a sólo 10 –señalaron– es inaceptable no sólo porque afecta las condiciones de vida de los trabajadores no activos, sino porque los recursos que éstos han acumulado están sujetos a la voracidad de la banca privada extranjera, en vez de ser administrados por el Estado mexicano.

En la actualidad, explicó Torroella, las administradoras de fondos para el retiro (Afore) controlan más de 40 millones de cuentas individuales, que en total suman más de 2 billones de pesos, lo que representa más de 20 por ciento del producto interno bruto (PIB) del país.

Ese dinero está sujeto a los vaivenes del mercado bursátil, que muchas veces invierte los recursos en operaciones de riesgo. Tan sólo de marzo de 2007 a febrero de 2009 –ejemplificó–, los ahorros de los trabajadores perdieron 147 mil 850 millones de pesos, mientras las Afore ganaron más de 30 mil millones de pesos en el mismo periodo.

Mientras eso ocurre, el gobierno anuncia recortes en las pensiones y dice que estamos al borde de la insolvencia en el IMSS, en la Comisión Federal de Electricidad y en el sector petrolero, cuando hay un subejercicio de más de 400 mil millones de pesos en el gasto público si sumamos los datos de los recientes cuatro o cinco años, resaltó Vital.

Por ello, la jornada de movilizaciones propondrá varios puntos que servirán para que la clase trabajadora recupere su nivel de vida, entre ellas la nacionalización de las Afore, la correcta inversión de esos recursos para las necesidades económicas del país, el otorgamiento de seguridad social a más de 30 millones de personas que no gozan de ella, y fijar una pensión digna para todos los adultos mayores en México.

La lucha de los trabajadores en activo, advirtió Óscar Ventura, no está desvinculada de la de los no activos, porque aquellos serán los pensionados del futuro. Los salarios de hoy definen las pensiones de mañana, y estamos ante la posibilidad de llegar a la tercera edad sin seguridad social y sin derecho a un retiro digno.


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Miguel Leopoldo Alvarado
Fundador y Presidente

México se encuentra en la lista de las naciones donde más se vulneran los derechos de los trabajadores

La ITF conoce bien los mecanismos gansteriles de los contratos de protección: Rodríguez Fritz

Patricia Muñoz Ríos
 
Periódico La Jornada
Lunes 9 de agosto de 2010, p. 13

El secretario general de la Federación Internacional de los Trabajadores del Transporte (ITF, por sus siglas en inglés), David Cockroft, señaló en conferencia de prensa que es aberrante lo que está sucediendo en México en materia de violaciones a la libertad sindical, e informó de una manifestación sui generis para el próximo jueves, en la que realizarán una marcha dirigentes sindicales extranjeros de más de 100 países en contra de la política antilaboral del gobierno del presidente Felipe Calderón.

En el contexto del 42 congreso que lleva a cabo esta organización en esta ciudad, el dirigente planteó que México se encuentra en la lista de las naciones donde más se vulneran los derechos de los trabajadores, sólo superado por países como Colombia, Guatemala e Irán, en los que prácticamente las organizaciones gremiales están defendiendo con su vida sus derechos.

Sostuvo que el gobierno mexicano está violando acuerdos fundamentales, como el 87 y el 98 de la Organización Internacional del Trabajo, referentes a derechos de los trabajadores, los cuales firmó y ratificó, pero no cumple.

Luego de cuatro días de asamblea, donde han participado líderes sindicales del sector del transporte de América, Europa y Asia, refirió que este congreso ha tomado nota de lo que está sucediendo en México en materia laboral, por lo que la ITF va a iniciar acciones de apoyo para la defensa de diversos sindicatos –como el de los trabajadores de Mexicana de Aviación–, difundirá en todo el mundo lo que sucede en este país y realizará un pronunciamiento dirigido al gobierno de Calderón y, en particular a la Secretaría del Trabajo, encabezada por Javier Lozano Alarcón, para demandar a esas instancias que se se respeten los derechos de los trabajadores.

En la conferencia, Antonio Rodríguez Fritz, secretario regional de la ITF para América Latina y el Caribe, remarcó que esta organización internacional ha seguido de cerca la corrupción, simulación y los mecanismos gansteriles desde los cuales se mantienen los contratos de protección en México, donde se persigue, e incluso se manda golpear, amenazar y secuestrar a dirigentes y trabajadores que intentan defender sus derechos.

A su vez, Norrie Mcvicar, coordinador del Grupo de Trabajo del Servicio Costa Afuera, habló de las condiciones laborales de gremios como el petrolero en la Sonda de Campeche: son impactantes las deplorables condiciones y abusos que sufren estos trabajadores, quienes son víctimas de jornadas de hasta 12 y 14 horas diarias, de subcontratación, y de accidentes como el de la Plataforma Usumacinta, en el que murieron 22 obreros, sin que se hayan fincado responsabilidades a nadie.

En esta conferencia, el líder de la Alianza de Tranviarios de México, Benito Bahena, señaló que en México el sistema de los contratos colectivos de protección patronal subsiste por la complacencia y apoyo de funcionarios de la Secretaría del Trabajo, mientras a los sindicatos reales y democráticos se les condiciona, inmoralmente, mediante la toma de nota o requisitos absurdos, y expuso como ejemplo al líder del sindicalismo blanco Ramón Gámez, quien salió prófugo del país, acusado de pederastia, y, sin embargo, aunque las autoridades lo persiguen, no se le ha quitado la toma de nota.


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Fundador y Presidente

miércoles, 4 de agosto de 2010

SOBRE EL IMSS: Jurisprudencia, aplicable sólo en querellas judiciales específicas: SCJN (La Jornada)

Jurisprudencia, aplicable sólo en querellas judiciales específicas: SCJN (La Jornada)

El máximo de 10 salarios mínimos, pese a haber cotizado con 25, se aplicará en juicios sobre retiros con la ley anterior a la de 1997, señaló.

Notimex
Publicado: 04/08/2010 17:00

México, DF. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) precisó que su jurisprudencia relativa al tope de 10 salarios mínimos en el pago de pensiones del IMSS sólo es aplicable en "juicios laborales y de amparo pendientes de resolución que involucren a asegurados que hayan cotizado únicamente en el régimen de 1973".

En un comunicado emitido "con motivo de publicaciones que se han producido en los últimos días en diversos medios de comunicación", en los que se advertía que se reducirían pensiones de 25 a 10 salarios mínimos, señaló que el tope no resulta aplicable a los asegurados que decidan pensionarse conforme a la Ley de Seguro Social vigente a partir del 1 de julio de 1997.

El Alto Tribunal señaló que el artículo 28 de esa Ley establece como límite superior del salario base de cotización el equivalente a 25 salarios mínimos generales en el Distrito Federal.

Explicó que ese tope no entró en vigor de inmediato, pues el artículo 25 transitorio dispuso que fuera gradual, empezando en 15 salarios mínimos en 1997, hasta llegar a 25 salarios mínimos en 2007.

La SCJN indicó que la jurisprudencia tampoco resulta aplicable a aquellos trabajadores que se encuentren en el régimen de transición previsto en el artículo 25 transitorio de la nueva Ley del Seguro Social.

"Esto permite a los asegurados inscritos en el régimen de 1973, que obtengan derecho a recibir una pensión estando en vigor la ley de 1997, a decidir acogerse a cualquiera de ambos regímenes", precisó.

Agregó que los asegurados del régimen de 1973, que hayan cotizado conforme a las reglas de 1997, y elijan este último no se ven afectados por la jurisprudencia 85/2010, porque a estas personas no les resulta aplicable el artículo 33 de la ley anterior.

Puntualizó que la jurisprudencia no tiene por finalidad legislar y no redujo el tope máximo de las pensiones de 25 a 10 veces el salario mínimo general, sólo interpretó el artículo 33 de la anterior Ley del Seguro Social.

En esa norma ya se encontraba previsto el tope de 10 veces el salario mínimo general para el seguro de invalidez, vejez y cesantía en edad avanzada.

Indicó que la jurisprudencia no tiene por finalidad instruir al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a reducir pensión alguna, porque no resulta obligatoria para las autoridades administrativas.

"La jurisprudencia únicamente resulta aplicable por los tribunales cuando tengan que resolver un caso concreto, porque en la actualidad pueden existir juicios laborales y de amparo pendientes de resolución que involucren a asegurados que hayan cotizado únicamente en el régimen de 1973", precisó la SCJN.

Este miércoles el director del IMSS, Daniel Karam Toumeh afirmó que las pensiones de los jubilados y de quienes se jubilen no sufrirán recortes pese a la jurisprudencia aceptada por la SCJN.

Señaló que esto incluye tanto a los trabajadores jubilados como a los que aún no se han retirado y que cotizan conforme a la Leyes del Seguro Social de 1973 y 1997.

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El IMSS rechaza recortar pensiones (CNN Expansion)

El IMSS rechaza recortar pensiones (CNN Expansion)

El Consejo Técnico decidió mantener el límite general de pensiones en 25 veces el salario mínimo; Daniel Karam dijo que los trabajadores aún no jubilados no deben preocuparse por su retiro.

CIUDAD DE MÉXICO (CNNExpansión.com) — El Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) decidió que los derechos y beneficios de los trabajadores que aún no se han jubilado se mantienen sin cambio. El monto para calcular sus pensiones seguirá aplicándose con base en el límite general de 25 veces el salario mínimo, afirmó el director general del instituto, Daniel Karam.

"Los pensionados actuales y los futuros no tienen por qué preocuparse; la cuantía de su pensión no se verá afectada en la medida en que el IMSS seguirá calculando el monto tal y como lo ha venido haciendo en los últimos años", expuso.

En compañía de representantes del sector obrero patronal y en presencia del secretario del Trabajo, Javier Lozano, reiteró que los más de 2.5 millones de pensionados tienen la certeza de que sus ingresos no se verán afectados; sobre los no pensionados, que tienen la legítima preocupación a la luz de la jurisprudencia que dictó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Consejo Técnico dictaminó que la decisión de la Corte no afectará el beneficio de los aún trabajadores.

El 9 de junio pasado SCJN dictó la jurisprudencia por contradicción de tesis que define el criterio aplicable al límite superior para el cálculo de las pensiones por invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte bajo el régimen de pensiones previsto en la Ley del Seguro Social de 1973, vigente hasta el 30 de junio de 1997.

En dicha jurisprudencia la Suprema Corte determinó que, en términos del artículo 33 de la Ley del Seguro Social de 1973, "resulta claro que el límite superior de 25 veces el salario mínimo está vinculado únicamente con los seguros de enfermedad y maternidad; mientras que el límite superior de 10 veces el salario mínimo regirá y servirá de tope salarial para los seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte."

De esta manera, concluyó que si el límite aplicable para la cotización en los seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte es de 10 veces el salario mínimo general para el Distrito Federal, dicho tope salarial también debe ser el aplicable para el cálculo de las pensiones otorgadas bajo el régimen de 1973, según la firma de servicios profesionales Baker McKenzie, lo que de aplicarse afectaría a 1.2 millones de trabajadores.

Con esta decisión, los trabajadores afiliados al IMSS verían disminuida su pensión en un 60%, y no sólo afectará a los trabajadores, sino también a las empresas que cuentan con planes de pensiones complementarios para sus empleados, al verse incrementada la obligación de pago, por los ajustes efectuados, pero ahora el IMSS cierra el asunto al rechazar la aplicación de dicha jurisprudencia.

 


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Sin cambios a pensiones actuales, confirma titular del IMSS

  • Aclaran que jurisprudencia de la corte no afecta lineamientos de las leyes de 1973 y 1997

Daniel Karam ofreció una conferencia de prensa conjunta al lado de los representantes del sector obrero y patronal

CIUDAD DE MÉXICO (04/AGO/2010) .- El Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) determinó que los trabajadores que aún no se han jubilado y que han venido cotizando conforme a la ley de 1973 y 1997 no tendrán reducción alguna en sus percepciones.

El monto para calcular sus pensiones seguirá aplicándose con base en el límite general de 25 salarios mínimos, informó Daniel Karam, director general del IMSS.

Acompañado del Secretario del Trabajo, Javier Lozano, y de los representantes del sector obrero y patronal del Consejo Técnico del IMSS, Daniel Karam dio lectura a un comunicado en el que explicó que cuando los trabajadores lleguen al momento de su jubilación, los montos que percibirán no tendrán reducción alguna a la luz de la jurisprudencia de la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en torno al pago de pensiones.

El director general del IMSS aclaró que esta jurisprudencia no afecta los derechos y beneficios de los trabajadores que aun no se han jubilado y que han venido cotizando conforme a la ley de 1973 y 1997.

En este sentido Karam señaló que los pensionados actuales y antiguos no tiene por que preocuparse.

La cuantía de su pensión no se verá afectada en la medida en que el IMSS seguirá calculando el monto tal y como lo venía haciendo en los últimos años, indicó.

Flanqueado de los representantes del sector obrero y patronal, quienes sesionaron por la mañana y determinaron que las pensiones se seguirán otorgando y pagando como hasta la fecha se ha venido haciendo, en estricto pego a la ley del Seguro Social.

"Las pensiones no se ven afectadas, por lo que no debe haber motivo de preocupación", insistió Daniel Karam.

En este sentido, reiteró que los más de dos millones 500 mil pensionados pueden tener la tranquilidad y certeza de que en los meses siguientes y en los años subsecuentes, en ningún momento se verá afectada la cuantía de la pensión que reciben.

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AHANAOA A. C.
Miguel Leopoldo Alvarado
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Imagen Marcha apyo al SME 29 enero 2010

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