Ante esta situación, el trabajador no puede tomar una acción legal, sino hasta que sea jubilado y través de un amparo o de un procedimiento contencioso que podría ser valorado por un especialista, en este caso de la ley en particular, dijo Brenda Terán, gerente de Impuestos y Servicios Legales, en Deloitte México.
Dejan en claro que el trabajador en activo no puede hacer nada porque está cobrando un sueldo, no una pensión y podría llevar una acción legal hasta que se jubile.
Sin embargo, advierte del efecto negativo que esta medida tendrá sobre la pensión del jubilado.
Por ejemplo, si una persona de 65 años que cotizó durante 35 años, y únicamente tiene a su esposa como dependiente económico y su cotización estaba en los límites máximos, estaría percibiendo una pensión de entre 35 y 40,000 pesos mensuales. Esa pensión disminuiría a un nivel de entre 13 y 15,000 pesos aproximadamente.
La decisión de aplicar la jurisprudencia queda en manos del IMSS, pero si en este momento el Consejo Técnico optara por aplicarla, las pensiones de un grupo muy importante de jubilados disminuirían 60%, pero automáticamente el IMSS cancelaría del balance general una parte del pasivo que es muy importante y el balance se vería mejor.
Con información de Isabel Mayoral.
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AHANAOA A. C.
Miguel Leopoldo Alvarado
Fundador y Presidente
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